Altas y Bajas de suministro

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ALTAS

ALTA DE CONTRATOS DE SUMINISTRO PARA OBRAS DE EDIFICACIÓN

  • En el caso de obras de nueva edificación deberá tramitar previamente el CONTRATO DE ACOMETIDA. 
  • En el caso de obras de reforma en inmuebles que impliquen un aumento en los cuales contratados o modificación de los puntos de agua, deberá facilitarnos información acerca del estado reformado de las instalaciones interiores de abastecimiento y saneamiento, a fin de valorar la necesidad de modificar o no las características de las acometidas de abastecimiento y saneamiento.
  • En el caso de obras de reurbanización o actuaciones en la vía pública deberá aportarnos Contrato de Adjudicación de las mismas e información acerca de la extensión de las mismas.

Además de lo reflejado anteriormente, deberá aportar la siguiente documentación adicional:

  • DNI/NIF
  • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
  • Poder o autorización a favor de la persona que represente a la empresa constructora.

Procedimiento:

  • Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
  • En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.

ALTA DE CONTRATOS DE SUMINISTRO PARA VIVIENDAS

Documentción que debe aportar el cliente:

  • DNI/NIF
  • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
  • Escritura de propiedad, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento.
  • Certificado de Empresa Instaladora
  • Licencia de 1ª Ocupación otorgada por el Excmo. Ayuntamiento de Nerja si se trata de una vivienda de nueva construcción o nunca antes ha tenido contratado el suministro.
  • En caso que el titular de la escritura, contrato de compraventa o arrendamiento, no coincida con el solicitante del suministro de agua, deberá presentar autorización por escrito del mismo.
  • Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
  • En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.

ALTA DE CONTRATOS DE SUMINISTRO PARA LOCALES, COMERCIOS, NAVES E INDUSTRIAS

Documentación que debes aportar al cliente:

  • DNI/NIF
  • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
  • Escritura de propiedad, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento.
  • En el caso de sociedades, autorización a la persona que firma el contrato, debiendo presentar esta su DNI/NIF.
  • Certificado de Empresa Instaladora
  • Licencia de Actividad otorgada por el Excmo. Ayuntamiento o al menos, copia de solicitud de la misma.
  • En caso que el titular de la escritura, contrato de compraventa o arrendamiento, no coincida con el solicitante del suministro de agua, deberá presentar autorización por escrito del mismo.
  • Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
  • En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.

ALTA DE CONTRATOS DE SUMINISTRO PARA OTROS SERVICIOS

Si desea contratar el suministro de agua contra-incendios, piscina, riego o limpieza de una Comunidad de Propietarios, deberá presentar la siguiente documentación:

  • DNI/NIF
  • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
  • Certificado de Empresa Instaladora.
  • Si el suministro de agua se contrata a nombre de una persona jurídica, deberá aportar poder o autorización a favor de la persona que la represente.
  • Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
  • En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.

REALIZACIÓN DE LAS GESTIONES

Podrá realizar todos los trámites necesarios a través de:

  • - Llamando de forma gratuita al centro de atención al cliente 900 81 38 10.
  • - A través de la oficina virtual, cumplimentando el formulario disponible para solicitudes de alta.
  • - De forma presencial en nuestra oficina comercial, situada en c/ Málaga 11 en horario de atención al cliente.

La documentación necesaria nos la puede hacer llegar mediante la entrega de fotocopias a través de los siguientes medios:

  • - Adjuntándolo en la solicitud web.
  • - Por correo ordinario según las indicaciones del Centro de Atención al Cliente
  • - En nuestras oficinas de c/ Málaga, 11

PAGOS A REALIZAR

  • Los importes a abonar serán los publicados en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio Municipal de Agua. Consultar Tarifas.
  • Los medios de pago disponibles son:
    • - A través del servicio de pago telemático disponible en la oficina virtual
    • - Domiciliación bancaria
    • - En efectivo en nuestra oficina de c/ Málaga o entidades colaboradoras.

BAJAS

BAJA DE SUMINISTRO

Documentación que debe aportar el cliente:

Para tramitar la baja del contrato deberá remitir un escrito firmado que incluya el nº de contrato, dirección de suministro, lectura del contador y teléfono de contacto, adjuntando:

  • - Fotocopia del DNI del titular o certificado de defunción en su caso.
  • - En el caso de empresas, fotocopia del CIF y autorización o escritura de poderes.

Podrá realizar las gestiones a través de:

  • Llamando al Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10)
  • Mediante la Oficina Virtual de Atención al Cliente, cumplimentando el formulario disponible para solicitudes de baja
  • De forma presencial en nuestra oficina comercial de c/ Málaga, 11, en Nerja.

Puede enviarnos la documentación:

  • - Por correo ordinario o fax según indicaciones del Centro de Atención al Cliente
  • - Adjuntándolo en la solicitud web
  • - En nuestra oficina de c/ Málaga, 11, de Nerja

PAGOS A REALIZAR

 

  • Los pagos a realizar corresponden al recibo de liquidación que resulta de considerar la facturación por la prestación del servicio y consumo de agua en el tiempo transcurrido entre la fecha de la última factura y la de baja efectiva del suministro, junto con las posibles deudas del suministro, siendo a favor del cliente la fianza asociada al contrato. El resultado de la liquidación, en caso de ser favorable al cliente, puede devolverse mediante transferencia si así lo solicita.

Los medios de pago disponibles son:

  • - A través del servicio de pago telemático disponible en la oficina virtual
  • - Domiciliación bancaria
  • - En efectivo en nuestra oficina de c/ Málaga o entidades colaboradoras.

Cambio de titularidad

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Documentación que debe aportar el cliente:

  • DNI/NIF
  • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
  • Escritura de propiedad, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento.
  • En caso que el titular de la escritura, contrato de compraventa o arrendamiento no coincida con el solicitante del suministro de agua, deberá presentar autorización por escrito del mismo.
  • Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
  • En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.

Debemos recordarle que el cambio de titularidad de un suministro conlleva la adecuación de la preparación para instalación del nuevo contador conforme a los requisitos establecidos por la entidad suministradora y a su instalación en el exterior del inmueble si este estuviera en el interior del mismo.

Podrá realizar las gestiones a través de:

  • Llamando al Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10)
  • Mediante la Oficina Virtual de Atención al Cliente, cumplimentando el formulario disponible para solicitudes de baja
  • De forma presencial en nuestra oficina comercial de c/ Málaga, 11, en Nerja.

Puede enviarnos la documentación:

  • Por correo ordinario o fax según indicaciones del Centro de Atención al Cliente
  • Adjuntándolo en la solicitud web
  • En nuestra oficina de c/ Málaga, 11, de Nerja

Pagos a realizar

  • En el caso de personas que dispongan del derecho de uso de fincas, locales o industrias con contrato de suministro en vigor a nombre del anterior titular y sin cambio de uso, podrán solicitar el cambio de titular en el mismo contrato, aportando la documentación especificada y sin coste alguno, salvo el de la fianza establecida en la Ordenanza Fiscal vigente. Este cambio de titular implica la subrogación en los derechos y obligaciones del contrato, por lo que deberá hacerse cargo de las posibles deudas del mismo.
  • En el caso de no encontrarse en la situación anterior, o no ser su deseo mantener las condiciones del contrato anterior, deberá realizar el pago de la cuota de contratación y la fianza.

Los medios de pago disponibles son:

  • A través del servicio de pago telemático disponible en la oficina virtual
  • Domiciliación bancaria
  • En efectivo en nuestra oficina de c/ Málaga o entidades colaboradoras.

Acometidas

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ACOMETIDAS DE AGUA Y/O VERTIDO

  • Las acometidas o nuevas conexiones a la red de abastecimiento deben ser realizadas obligatoriamente por aguas de narixa, como entidad suministradora del servicio.
  • Las acometidas de alcantarillado podrán ser realizadas por aguas de narixa o por el cliente, si bien deberá contar para ello con la aprobación previa de aguas de narixa y con los preceptivos permisos municipales.

Documentación que debe aportar el cliente:

  • Memoria Técnica suscrita por el técnico autor del proyecto de las obras de edificación o de las instalaciones de las que se trate, con descripción de las instalaciones de abastecimiento, saneamiento y pluviales (incluso Planos). En el caso de acometidas de instalaciones contra-incendios deberá aportar copia del proyecto.
  • Escritura de propiedad o documento que acredite la disponibilidad de la parcela o inmueble para el que solicita la acometida.
  • Licencia Municipal de Obras.
  • DNI/NIF

Procedimiento:

  • Desde la fecha de recepción de la documentación, y en un plazo de 15 días hábiles, aguas de narixa le enviará una CARTA DE ACOMETIDA, en la que le comunicamos la decisión de conceder o denegar la misma, así como los requisitos técnicos y económicos de la concesión o bien, las causas de denegación. 
  • Una vez recibida la carta de acometida, dispone de 30 días naturales para cumplir con los requerimientos técnicos y realizar el pago de los derechos de acometida, o bien presentar las alegaciones que estime oportunas.
  • Una vez realizado el pago de los derechos de acometida y tras nuestro informe técnico acerca de los requisitos establecidos, deberá formalizar el correspondiente contrato de acometida. A partir de este momento, disponemos de 15 días hábiles para la realización de la acometida de agua.

Domiciliación Bancarias

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Documentación que debe aportar el cliente:

  • Número del contrato de suministro de agua
  • Número de la cuenta bancaria (20 dígitos)
  • Si usted no es el titular del contrato de suministro, autorización del mismo

Podrá realizar las gestiones a través de:

  • Llamando al Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10)
  • Mediante la Oficina Virtual de Atención al Cliente, cumplimentando el formulario disponible para solicitudes de baja
  • De forma presencial en nuestra oficina comercial de c/ Málaga, 11, en Nerja.

Subrogación

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Al fallecimiento del titular de la póliza de abono, su cónyuge, pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro, descendientes, hijos adoptivos plenos, ascendientes y hermanos, podrán subrogarse en los derechos y obligaciones de la póliza.

También podrá subrogarse cualquier otro heredero o legatario si ha de suceder al causante en la propiedad o uso de la vivienda o local en que se realice el suministro. Podrán igualmente subrogarse en los contratos los cónyuges separados o divorciados a quienes se adjudique el uso y disfrute de la vivienda, local o industria en el correspondiente Convenio regulador aprobado judicialmente.

En el caso de Entidades jurídicas, quien se subrogue o sustituya en derechos y obligaciones podrá hacerlo propio en la póliza de abono, condicionado a la presentación ante la empresa suministradora todas las autorizaciones administrativas necesarias.

El plazo para subrogarse será de 2 años a partir de la fecha del hecho causante.

Documentación que debe aportar:

En caso de Fallecimiento del titular:

  • Fotocopia DNI del nuevo titular
  • Si el nuevo titular es un heredero: fotocopia de la escritura de herencia, o bien, testamento junto con certificado de defunción.
  • Si el nuevo titular es el cónyuge: fotocopia de la escritura de propiedad (si la vivienda era de los dos) y documento acreditativo del fallecimiento.
  • Datos bancarios
  • En caso de haber varios herederos será necesaria además una autorización de los mismos para el nuevo titular

En caso de cambio denominación de empresa:

  • Cambio de nombre con el mismo CIF: Fotocopia del CIF
  • Cambio de nombre y de CIF:
    • Fotocopia del CIF
    • Autorización de la empresa a la persona que solicite la subrogación.
    • Fotocopia del documento registral que acredita el cambio
    • Datos bancarios

Separación matrimonial:

  • Fotocopia DNI del nuevo titular.
  • Fotocopia de la sentencia de separación del Juzgado donde se especifique quién es el titular de la vivienda.
  • Datos bancarios

Reclamaciones

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Las reclamaciones serán atendidas:

  • Por teléfono en nuestro Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10).
  • A través de la oficina Virtual de Atención al Cliente, cumplimentando el formulario web disponible para reclamaciones/averías.
  • Personalmente en nuestra oficina comercial de c/ Málaga, 11, en Nerja

Calendario

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Fiestas no laborales fijadas en virtud Decreto 310/2012, de 19 de junio, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013 y de la Resolución de 30 de octubre de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2013.

  • 1 enero (martes). Fiesta de Año Nuevo
  • 7 enero (lunes). Por traslado de la Epifanía del Señor
  • 28 de febrero (jueves). Día de Andalucía
  • 28 de marzo (jueves). Jueves Santo
  • 29 de marzo (viernes). Viernes Santo
  • 1 mayo (viernes). Fiesta del Trabajo
  • 15 mayo (miércoles). Festividad de San Isidro
  • 15 agosto (jueves). Festividad de la Asunción de la Virgen
  • 10 octubre (jueves). Festividad de los Santos Patrones de Nerja
  • 12 octubre (sábado). Fiesta Nacional de España
  • 1 noviembre (viernes). Fiesta de Todos los Santos.
  • 6 diciembre (viernes). Día de la Constitución Española
  • 9 diciembre (lunes). Por traslado de la Inmaculada Concepción
  • 25 diciembre (miércoles). Natividad del Señor

Cobros

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Pago de recibos

  • A través del servicio de pago telemático disponible en la oficina virtual
  • Domiciliación bancaria
  • A través de las entidades bancarias colaboradoras con aguas de narixa, en los horarios y días establecidos o mediante cajero automático si disponen de este sistema de pago.
  • Por teléfono en nuestro Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10).
  • En efectivo en nuestra oficina de c/ Málaga o entidades colaboradoras.