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Aguas de Narixa
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Cambio de titularidad
Cambio de titularidad
Documentación que debe aportar el cliente:
- DNI/NIF
- Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos.
- Escritura de propiedad, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento.
- En caso que el titular de la escritura, contrato de compraventa o arrendamiento no coincida con el solicitante del suministro de agua, deberá presentar autorización por escrito del mismo.
- Una vez realizados los informes técnicos y económicos necesarios y aprobada la solicitud se procederá a la instalación del contador y establecimiento del suministro. El contrato de suministro y la orden de domiciliación bancaria le serán enviados por correo para su firma, adjuntándole la liquidación por cuota de contratación y fianza.
- En el caso de denegación de la solicitud, se enviará una carta informándole de las causas y la forma de subsanarlas.
Debemos recordarle que el cambio de titularidad de un suministro conlleva la adecuación de la preparación para instalación del nuevo contador conforme a los requisitos establecidos por la entidad suministradora y a su instalación en el exterior del inmueble si este estuviera en el interior del mismo.
Podrá realizar las gestiones a través de:
- Llamando al Centro de Atención al Cliente (900 81 38 10)
- Mediante la Oficina Virtual de Atención al Cliente, cumplimentando el formulario disponible para solicitudes de baja
- De forma presencial en nuestra oficina comercial de c/ Málaga, 11, en Nerja.
Puede enviarnos la documentación:
- Por correo ordinario o fax según indicaciones del Centro de Atención al Cliente
- Adjuntándolo en la solicitud web
- En nuestra oficina de c/ Málaga, 11, de Nerja
Pagos a realizar
- En el caso de personas que dispongan del derecho de uso de fincas, locales o industrias con contrato de suministro en vigor a nombre del anterior titular y sin cambio de uso, podrán solicitar el cambio de titular en el mismo contrato, aportando la documentación especificada y sin coste alguno, salvo el de la fianza establecida en la Ordenanza Fiscal vigente. Este cambio de titular implica la subrogación en los derechos y obligaciones del contrato, por lo que deberá hacerse cargo de las posibles deudas del mismo.
- En el caso de no encontrarse en la situación anterior, o no ser su deseo mantener las condiciones del contrato anterior, deberá realizar el pago de la cuota de contratación y la fianza.
Los medios de pago disponibles son:
- A través del servicio de pago telemático disponible en la oficina virtual
- Domiciliación bancaria
- En efectivo en nuestra oficina de c/ Málaga o entidades colaboradoras.