ACOMETIDAS DE AGUA Y/O VERTIDO

  • Las acometidas o nuevas conexiones a la red de abastecimiento deben ser realizadas obligatoriamente por aguas de narixa, como entidad suministradora del servicio.
  • Las acometidas de alcantarillado podrán ser realizadas por aguas de narixa o por el cliente, si bien deberá contar para ello con la aprobación previa de aguas de narixa y con los preceptivos permisos municipales.

Documentación que debe aportar el cliente:

  • Memoria Técnica suscrita por el técnico autor del proyecto de las obras de edificación o de las instalaciones de las que se trate, con descripción de las instalaciones de abastecimiento, saneamiento y pluviales (incluso Planos). En el caso de acometidas de instalaciones contra-incendios deberá aportar copia del proyecto.
  • Escritura de propiedad o documento que acredite la disponibilidad de la parcela o inmueble para el que solicita la acometida.
  • Licencia Municipal de Obras.
  • DNI/NIF

Procedimiento:

  • Desde la fecha de recepción de la documentación, y en un plazo de 15 días hábiles, aguas de narixa le enviará una CARTA DE ACOMETIDA, en la que le comunicamos la decisión de conceder o denegar la misma, así como los requisitos técnicos y económicos de la concesión o bien, las causas de denegación. 
  • Una vez recibida la carta de acometida, dispone de 30 días naturales para cumplir con los requerimientos técnicos y realizar el pago de los derechos de acometida, o bien presentar las alegaciones que estime oportunas.
  • Una vez realizado el pago de los derechos de acometida y tras nuestro informe técnico acerca de los requisitos establecidos, deberá formalizar el correspondiente contrato de acometida. A partir de este momento, disponemos de 15 días hábiles para la realización de la acometida de agua.